Cuando vemos algún coche de policía cuando estamos circulando, nuestro primer instinto es revisar si llevamos puesto el cinturón, si vamos a la velocidad que marca la vía y en definitiva si todo está correcto.
Pero y ¿si pensamos que estamos circulando correctamente y resulta que no es así? ¿Qué ocurre si estamos cometiendo una infracción y no lo sabemos?
Hoy en el blog de Shepron, vamos a repasar motivos de multa que aunque nos resulten raros, son sancionables.
1.- Conducir con el brazo fuera de la ventanilla: seguro que muchos de vosotros habréis visto esa imagen cientos de veces. Hay que mencionar que, sanciones aparte, conducir de esa forma es muy peligroso, ya que puede acarrear riesgos de amputaciones. En cuanto a multa se refiere, asciende a 100 euros ya que, según establece el artículo 18 del Reglamento General de Circulación, tanto el conductor como los pasajeros deben de mantener una posición adecuada.
2.- Conducir con calzado adecuado y con camiseta: conducir con chanclas, tacones o descalzo también es motivo de multa (este tema ya lo tratamos en nuestro blog). La sanción económica ascendería hasta 200 euros, ya que la normativa de la DGT establece que el conductor no llevaría el control total del vehículo.
3.- Maquillarse o comer en semáforos: en el cine queda muy bien, pero en la vida real, a esos actores les costaría una multa de 200 euros y dos puntos menos en el carnet de conducir.
4.- Usar el claxon cuando sea necesario: seguro que más de una vez habrás usado el claxon para llamar la atención de un conductor que no ha hecho las cosas como tiene que hacerlas, o para saludar a amig@s….pues ten cuidado con esto porque te puede costar una multa de 80 euros, ya que el uso del claxon está restringido para evitar un accidente o para avisar de una maniobra.
5.- Prohibido hablar por teléfono mientras se conduce: ni que decir tiene. Esta norma es conocida de sobra, la multa asciende a 200 euros y la retirada de 3 puntos en el carnet.
6.- Distraerse mientras se conduce: la normativa DGT dicta que si se pierde de vista la carretera reiteradamente, es motivo de sanción. La multa puede llegar hasta los 80 euros.
7.- Circular por el carril derecho siempre que se pueda: te recordamos que el uso del carril izquierdo es para adelantar y no para circular por él de manera constante. Puedes enfrentarte a una multa de 200 euros.