El verano ha llegado oficialmente, y con él, los viajes en coche aumentan. El buen tiempo apremia y los fines de semana son ideales para desconectar del trabajo realizado durante el resto de la semana. Muchos son los destinos para escoger, pero sin duda el que más gente atrae es la playa. Hoy en nuestro blog vamos a hablar sobre las multas de tráfico más frecuentes en verano, en concreto en los meses de julio y agosto.
La Dirección General de Tráfico (DGT), en estos meses, intensifica la vigilancia, con el objetivo de incrementar la seguridad en épocas de salidas masivas de vehículos.
Según los datos de la DGT, el verano de 2015, 225 personas perdieron la vida en 200 accidentes producidos en los 8,1 millones de desplazamientos que se sucedieron. La DGT intenta reducir este riesgo imponiendo sanciones duras en las infracciones más comunes, las cuales son las siguientes:
– Velocidad: Casi el 40% de los conductores rebasa el límite de velocidad de la vía por la que circula. Esta infracción conlleva una sanción económica que oscila entre los 100 y los 600 euros, y la perdida de hasta 6 puntos del carnet.
– Alcohol y drogas: El consumo de alcohol y drogas es, desgraciadamente, uno de los motivos de multa más común en España. Conducir bajo el influjo de los mismos puede llegar a causar graves accidentes. En lo que se refiere a las multas derivadas del consumo de drogas, varían desde los 500 euros y retirada de cuatro puntos de carnet hasta los 1.000 euros y retirada de seis puntos. En el caso del alcohol, conllevaría una multa de 1.000 euros y además de la retirada de entre cuatro y seis puntos del carnet.
– Teléfono móvil: La DGT implantó 150 radares Traffic Eye, los cuales son capaces de detectar si el conductor del vehículo está hablando por teléfono. Esto lo consiguen gracias a una cámara de 5 Mpx. Las multas por el uso del teléfono móvil se sancionan con 200 euros y tres puntos menos en el carnet.
– Conducir con chanclas, descalzo o sin camiseta: Uno de los motivos de multa más desconocidos. A pesar del calor, la ley prohíbe conducir con cualquier tipo de calzado que no esté sujeto al pie, ya que dicho calzado, se puede resbalar impidiendo el uso de los pedales. También ir descalzo es motivo de sanción, ya que se pierde superficie de apoyo y sensibilidad con los pedales. Todo esto está recogido en el artículo 17 de la Ley de Seguridad Vial, que dicta que «el conductor en todo momento, debe estar en condiciones de controlar completamente su vehículo».
Conducir sin camiseta también tiene su sanción, ya que puede ocasionar quemaduras en la piel creadas por el cinturón en caso de sufrir un accidente o percance en la vía. Cualquiera de las tres violaciones conlleva una sanción de 200 euros y la retirada de tres puntos del carnet de conducir.
–Mantenimiento del vehículo: El mantenimiento de tu vehículo también puede ser sancionado. Luces fundidas, matrícula poco visible, un desgaste de neumáticos, ITV no pasada, etcétera. Cualquiera de estas infracciones se traducen a sanciones de 200 euros, aunque no a la pérdida de puntos.